Beneficios
Sin perjuicio de las prerrogativas contenidas en las disposiciones legales y demás normas concordantes que rijan la materia, serán derechos de los Asociados los siguientes:
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1
Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.
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2
Participar en la gestión y control de la Cooperativa, desempeñando a través de representantes de la respectiva entidad, los cargos sociales y de elección de acuerdo con las disposiciones de estos Estatutos.
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3
Utilizar los servicios de la Cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social.
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4
Examinar la gestión económica y social verificando los libros, las actas y en general, todos los documentos de COHORIENTE, en asocio con la Revisoría Fiscal o un miembro de la Junta de Vigilancia, de acuerdo a la reglamentación que se expida para ello.
5
Participar en los resultados económicos de la Cooperativa mediante la aplicación de excedentes y remanentes, de conformidad con los lineamientos dispuestos en el documento estatutario.
6
Presentar a la Asamblea General o a la Gerencia, los proyectos, planes, programas e iniciativas que contribuyan al cumplimiento del objeto Cooperativo o busquen el mejoramiento de la Entidad.
7
Favorecerse de los programas educativos que se desarrollen.
8
Presentar a la Junta de Vigilancia solicitudes de investigación de hechos que puedan configurar infracciones de funcionarios encargados de la administración y prestación del servicio.
9
Participar en las actividades y los beneficios que COHORIENTE brinda a sus asociados, los cuales no podrán consistir en ningún caso en el reparto de excedentes.
10
Participar en las asambleas generales en representación de la entidad asociada, ya sean de carácter ordinario o extraordinario.
11
Ser informados de la gestión de la Cooperativa de acuerdo con lo dispuesto en los presentes estatutos.
12
Retirarse voluntariamente en cualquier momento, mientras COHORIENTE no se encuentre en proceso de liquidación y/o disolución de acuerdo con las disposiciones estatutarias.
13
Prestar en la etapa inicial de funcionamiento o en periodo de grave crisis económica servicios personales a modo de colaboración solidaria gratuita la cual deberá manifestar por escrito al Consejo Administrativo y que podrá ser revocada por el asociado en cualquier momento.
14
Los demás que se deriven del Acuerdo Cooperativo.